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Oferta vinculante

Oferta vinculante: es un documento que los bancos y cajas de ahorro (entidades de crédito en general) tienen obligación de entregar al cliente. Esta oferta debe contener todas las condiciones financieras del préstamo hipotecario. Así mismo la validez de la oferta vinculante no puede ser inferior a diez días hábiles a partir de su fecha de entrega.

La normativa existente queda recogida en la O.M. del 5/5/94 sobre transparencia de los préstamos hipotecarios y la Circular 5/94 del Banco de España: establece con carácter general que las Entidades de Crédito una vez estudiado y aprobado un préstamo hipotecario, garantizado por una vivienda por importe igual o inferior a 150.253,03 euros, y cuyo titular sea una persona física, entregarán al cliente una "Oferta Vinculante" con validez no inferior a diez días hábiles a partir de su fecha de entrega, que contendrá todas las condiciones financieras del préstamo.






 






En el caso de subrogación de un préstamo hipotecario entre entidades financieras la oferta vinculante es el documento que la entidad que quiere subrogarse en el préstamo, envía a la entidad acreedora primera, con las nuevas condiciones de tipo de interés que van a aplicar.

Generalmente los clientes pueden solicitar gratuitamente una oferta vinculante a los bancos y un folleto informativo relativo a las operaciones de préstamos hipotecarios sujetas a la Ley de Crédito al Consumo, la Ley 2/1994 sobre préstamos hipotecarios y la Ley 9/1999 sobre transferencias entre Estados miembros de la Unión Europea.

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