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RESPUESTA. Por regla general, las ordenanzas municipales, o bien la propia normativa contenida en el plan general municipal de ordenzación urbana, suelen establecer prohibiciones para instalar tendederos que recaigan directamente a la vía publica, estableciendo al propio tiempo lugares específicos donde puede realizarse tal menester.
Es conveniente, por lo tanto, consultar la normativa local respecto a la instalación de tendederos en fachadas de edificios.
Temas: Tendero / Tendal en la vía pública, fachada principal del edificio, tenderos y estética del edificio en ordenanzas municipales. Tender la ropa en la calle.
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