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Normas de Régimen interior

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Soy Presidente de una comunidad de vecinos y el otro día vino una vecina quejándose de que a la salida del colegio hay unos adolescentes que entran al portal de la escalera con una amiga que es propietaria. Se quedan sentados en la escalera hablando y fumando y esta vecina les llamo la atención y se encararon.

PREGUNTA.-¿Que debo de hacer como Presidente? ¿Puedo expulsarlos aunque estén con un vecino? ¿Y si no me hacen caso y siguen con su actitud?

RESPUESTA. Dada su condición de Presidente de la Comunidad, y a fin de evitar - en la media de lo posible - que se produzcan estas situaciones, considero que la Comunidad debería aprobar en la correspondiente Junta que convoque al efecto, una reglamentación que tenga por objeto regular precisamente los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes. A esta normativa de tipo de interno se le denomina normas de régimen interior.

Estas normas obligan a todo titular, y bajo ningún concepto pueden contravenir la Ley ni los estatutos. Una vez aprobadas Vd. dispondrá de mayor autoridad frente a la hija de un propietario, dado que tendrá como cobertura o soporte la normativa aprobada por la Comunidad.

F. Brotons Baldó. Administrador de fincas

Temas vinculados con las Normas de Régimen Interior: Aprobación de las Normas de Régimen interior. Reglamento aprobado por la Junta para normas de convivencia en la Comunidad y uso de servicios, lugares, instalaciones, infraestructuras y equipamientos comunes.

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