intro
Me gustaría saber si cobrar intereses de demora de un 10 % en el retraso de pago de la comunidad es legal o ilegal.
RESPUESTA. Si la Comunidad de Propietarios ha adoptado con todas las formalidades legales el acuerdo de penalizar el retraso en el pago de los gastos comunitarios mediante la aplicación de un interés de demora de un 10%, en mi opinión dicho acuerdo es legal, existiendo jurisprudencia menor en la materia que avala la legalidad del acuerdo. Lo más recomendable es que dicho acuerdo se recoja en los estatutos, para que tenga efectos frente a terceros.
F. Brotons Baldó. Administrador de fincas
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