Vivienda | Comunidades de Vecinos
Para la instalación en una Comunidad de una antena de televisión
digital, ¿qué acuerdo es necesario?
intro
RESPUESTA. Efectivamente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley, para que esta instalación se produzca, es necesario que se tome el acuerdo por la Junta contando con 1/3 de propietarios que representen a su vez, 1/3 de las cuotas de participación.
Claro es que estamos hablando de una instalación general, que no tiene nada que ver con que una persona pueda en su propia terraza o patio contratar este tipo de servicio, siempre con el límite de que la instalación externamente no vaya en contra de forma sensible de la estética de la finca, o perjudique a otros propietarios por cualquier otro motivo.
F. Brotons Baldó.Administrador de fincas
Tema: Instalación de antenas colectivas- Comunidades de Vecinos: Antenas televisión digital- Tipo de Acuerdo.
Temas relacionados Vivienda- Comunidades: