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PREGUNTA.-Desearía saber si dentro de la cuota de la comunidad es obligatorio pagar todos los gastos según el coeficiente de participación de cada vivienda. Ya que lo veo injusto porque en nuestra comunidad hay estudios que pagan 49 euros al mes y otros que pagamos 130 euros al mes y tienen estos servicios a un precio irrisorio.
En esta cuota estan incluidos los gastos como: conserje, jardineros, piscina, padel, limpieza, mantenimientos... Me gustaría saber si es obligatorio pagar todos estos gastos según coeficiente o hay algunos que deben/pueden pagarse a partes iguales.
RESPUESTA. Cada propietario tiene la obligación de contribuir con arreglo a la cuota de participación fijada en el título, es decir, en su escritura, o a lo especialmente establecido en junta.
En este sentido es importantísimo consultar la escritura de división horizontal del Edificio por si contuviese algún tipo de normativa comunitaria específica, en cuanto a la forma de contribución a dichos gastos, ya que en determinado grupo o capítulo de gastos puede establecerse en la escritura de división una forma de contribución distinta a la de la cuota de participación (por ejemplo por partes iguales).
F. Brotons Baldó. Administrador de fincas
Temas vinculados: cuotas de Comunidad según coeficientes de participación; Distribución de gastos. Coeficientes y cuotas.
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