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PREGUNTA.- ¿Tiene la Administración de Fincas la obligación de facilitar a un propietario de una vivienda un resumen de los gastos de dicha vivienda de un ejercicio en cuestión para facilitar la declaración de la renta?. Se trata de un piso que está alquilado a un tercero y que, si no tengo mal entendido, los gastos de la comunidad son deducibles.
RESPUESTA. Sin perjuicio de las funciones concretas que la Comunidad de Propietarios pueda pactar libremente con su Administrador en el correspondiente contrato que se suscriba al efecto, la Ley establece las obligaciones del Administrador.
No obstante lo anterior y como quiera que en la practica los cargos de Administrador y Secretario suelen acumularse en una misma persona, es lógico que el Administrador-Secretario a solicitud de cualquier propietario certifique los gastos concretos de su componente, ya que es el Secretario a quien incumbe expedir la citada certificación.
F. Brotons Baldó. Administrador de fincas
Temas: Certificación de los gastos de la vivienda al propietario. Obligación del Secretario - Administrador de la Comunidad de certificar los gastos anuales comunitarios de la vivienda, a petición del propietario.
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