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RESPUESTA. Cualquier propietario puede ejercer el cargo de Admninistrador, si bien es costumbre acudir a profesionales del sector, preferentemente colegiados, para que desempeñen el puesto.
Otros temas vinculados: Colegiación de administradores de Fincas, obligatoriedad propietario particular. Administrador de de la Comunidad y Colegio de Admnistradores de Fincas
F. Brotons Baldó. Administrador de fincas
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