¿Cómo contratar el Seguro de Compensación?
Información a este respecto en la página web del Consorcio de Compensación de Seguros (www.consorseguros.es).
Centro de atención telefónica: 902 22 26 65 de lunes a viernes de 9 a15 hs.
- Debe llamar la persona a realizar la contratación y que va figurar en la póliza como tomador. Si la persona, que desea contratar el seguro es menor de 18 años, el tomador será el tutor o representante legal.
- Por teléfono se realizará la solicitud del seguro y se rellenará con los datos que haga por teléfono el tomador, para posibles entredichos la conversación se grabará por el centro de atención telefónica previo aviso al tomador.
- Se le exigirá al tomador la información de las dos aseguradoras que lo rechazaron por escrito, salvo que sea por seguro de moto donde no es necesario.
- Se pedirán los datos personales y NIF del tomador, del propietario del vehículo y del conductor habitual.
- El número del carnet de conducir del conductor habitual y el permiso de circulación del vehículo.
- Certificado de las características técnicas del vehículo, con la actualización ITV
¿Dónde retiro el recibo para pagar la prima? El consorcio envía por correo el recibo de la prima al domicilio indicado por el tomador.
¿Dónde abonar la prima? El tomador deberá abonar el recibo en cualquier sucursal de los Bancos BBVA Y BSCH de 9 a 11:30 hs antes que trascurran 15 días naturales desde el día en que se hizo la contratación por teléfono, en caso de no hacerlo la póliza quedará anulada.
¿Qué tipo de seguro se contrata? El seguro que se contrata con El Seguro de Compensación de Seguros es un Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria por Ley con su regulación normativa y las limitaciones indemnizatorias (350.000 euros por daños personales y 100.000 euros por daños materiales por siniestro)
¿Qué cobertura brinda? Entonces la cobertura será:
- Daños causados a terceros por encima de los referidos límites cuantitativos.
- Daños al conductor del vehículo causante.
- Daños materiales causados al propio vehículo causante, pero no a las cosas en él transportadas.
- Reclamación de daños, defensa jurídica, asistencia en viaje, etc.
IMPORTANTE: El Consorcio de Compensación de Seguros contrata este seguro sólo en casos excepcionales, como cuando el asegurado ha sido rechazo por las aseguradoras.
Se compromete a cubrir al asegurado hasta los límites legalmente establecidos por el importe de los daños ocasionados, se hará cargo de los gastos de asistencia sanitaria siempre y cuando sea atendido en uno de los centros, que el consorcio reconoce y por un total de 600 euros si el centro no está reconocido.
A la indemnización que corresponde por daños materiales se le aplicará una franquicia de 210 euros en los casos de accidente por coche robado y que el coche que ha provocado el siniestro no tenga seguro.
Otras preguntas frecuentes
- Tipos de seguros del Consorcio
- ¿Qué es el Consorcio de Compensación?
- ¿Qué hacer cuando sucede un siniestro?
- ¿Qué indemnización pagará el Consorcio?
- ¿De dónde saca el dinero el Consorcio?
- ¿Qué coberturas asume el Consorcio de Compensación?
- ¿Qué necesito para que me cubra el Consorcio de Compensación?