viernes, noviembre 02, 2007

Aprobada la ayuda de los 210 euros

El Consejo de Ministros ha aprobado a la ayuda o "renta de emancipación" de los 210 euros mensuales (Plan de Apoyo a la Emancipación e Impulso del Alquiler).

  • El Real Decreto que regula las ayuda al alquiler de 210 euros mensuales para jóvenes ha sido aprobado en el Consejo de Ministros.
  • Las ayudas incluyen así mismo un préstamo de 600 euros para la fianza y 120 euros para el aval, en los casos de nuevos contratos de alquileres.
  • Las ayudas se pondrán en marcha en colaboración con las Comunidades Autónomas, encargadas de gestionar y tramitar las ayudas. El Gobierno central será encargará de realizar los pagos a los beneficiarios.
  • Los jóvenes potencialmente beneficiarios podrán solicitar la ayuda mientras buscan la vivienda y tendrán un plazo de 3 meses, una vez reconocido el derecho provisional a la prestación de la ayuda, para presentar un contrato de alquiler.
  • Las ayudas se podrán percibir durante un máximo de cuatro años, para los jóvenes de entre 22 y 30 años.
  • Los beneficiarios deberán ser titulares del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que residan con carácter habitual y permanente, y disponer de una fuente regular de ingresos que les reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros.
  • Igualmente deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o del Espacio Económico Europeo o, en el caso de los jóvenes extranjeros no comunitarios, tener residencia legal y permanente en España.
Datos a aportar por el solicitante de las ayudas:
  • DNI,
  • Número de la Seguridad Social o equivalente
  • Un certificado que acredite su situación laboral y sus ingresos.
  • Si ya ha encontrado piso:
    • dirección de la vivienda
    • referencia catastral,
    • presentar el contrato de alquiler, indicando el número de titulares
    • datos bancarios y los del arrendador.
Los jóvenes podrán acceder al impreso de la solicitud a través de la web del Ministerio de Vivienda y de los servicios de vivienda de las Comunidades y Ciudades Autónomas donde se ubique la vivienda objeto del contrato de arrendamiento. La solicitud se presentará en estas oficinas, donde se comprobarán los datos aportados y se resolverá en el plazo máximo de dos meses.

Posteriormente, las Ciudades y Comunidades Autónomas trasladarán la resolución al interesado y al Ministerio de Vivienda que, una vez revisada, autorizará el pago de la ayuda al joven inquilino a través de las entidades bancarias colaboradoras del programa.

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