Trámites Renta emancipación jóvenes
Trámites para la concesión de la Renta de Emancipación: 210 euros mensuales
Formulario de solicitud: Página web del Ministerio de la Vivineda, Delegaciones del Gobierno, y Red de Oficinas de los Ayuntamientos, Comunidades y Ciudades Autónomas.
Documentación que acompañarán a las solicitudes:
Resolución de las ayudas
Una vez presentada, las Comunidades Autónomas resolverán la solicitud y la trasladarán la resolución al Ministerio de Vivienda, que autorizará el pago de la ayuda al joven inquilino a través de las entidades bancarias colaboradoras del programa.
Concesión del derecho a percibir la prestación
Los jóvenes que cumplan los requisitos establecidos y que todavía no dispongan de un contrato de arrendamiento, podrán tramitar su solicitud para que se les conceda el derecho a percibir la renta de emancipación.
A partir de ese momento, dispondrán de un plazo de 3 meses para poder presentar el correspondiente contrato de alquiler, junto con la referencia catastral de la vivienda y la documentación bancaria, para empezar a recibir la ayuda de 210 euros mensuales.
La ayudas de 210 €
La renta dentro del Plan de Apoyo a la Emancipación e Impulso del Alquiler es de 210 € mensuales está dirigida a :
Formulario de solicitud: Página web del Ministerio de la Vivineda, Delegaciones del Gobierno, y Red de Oficinas de los Ayuntamientos, Comunidades y Ciudades Autónomas.
Documentación que acompañarán a las solicitudes:
- Contrato de arrendamiento, la
- Referencia catastral del inmueble
- número de afiliación a la Seguridad Social del solicitante,
- Datos bancarios del beneficiario y del propietario del inmueble.
Resolución de las ayudas
Una vez presentada, las Comunidades Autónomas resolverán la solicitud y la trasladarán la resolución al Ministerio de Vivienda, que autorizará el pago de la ayuda al joven inquilino a través de las entidades bancarias colaboradoras del programa.
Concesión del derecho a percibir la prestación
Los jóvenes que cumplan los requisitos establecidos y que todavía no dispongan de un contrato de arrendamiento, podrán tramitar su solicitud para que se les conceda el derecho a percibir la renta de emancipación.
A partir de ese momento, dispondrán de un plazo de 3 meses para poder presentar el correspondiente contrato de alquiler, junto con la referencia catastral de la vivienda y la documentación bancaria, para empezar a recibir la ayuda de 210 euros mensuales.
La ayudas de 210 €
La renta dentro del Plan de Apoyo a la Emancipación e Impulso del Alquiler es de 210 € mensuales está dirigida a :
- Jóvenes de entre 22 y 30 años
- Que trabajen,
- Titulares del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que residan,
- Que tengan unos ingresos inferiores a los 22.000 euros brutos anuales.
- Podrán recibirla durante un máximo de cuatro años
- Es compatible con la deducción por alquiler.
- También se contempla un préstamo de 600 euros para la fianza y del coste financiero del aval por seis meses
Etiquetas: alquiler-viviendas, ayudas vivienda
1 comentarios:
Si suena muy goloso, pero ¿que hacer si la mayoria de propietarios no declaran su vivienda de alquiler y por este motivo se niegan a alquilarte si la solicitas?
Consecuencia: aumento del alquiler
Publicar un comentario en la entrada
<< Página principal