jueves 16 de octubre de 2008

Becas para estudiantes extranjeros en España

Hasta ahora la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Formación del día 6 de mayo de 2008, en su artículo 10 determina que para obtener las becas convocadas en la resolución se deberá cumplir los siguientes requisitos, entre los cuales cita la Ley 4/2000 del 11 de enero (sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social) y la Ley Orgánica 8/2000 de diciembre donde dice textualmente: “Los estudiantes extranjeros no comunitarios deberán acreditar su condición de RESIDENTES, quedando excluidos de concurrir a estas becas quienes se encuentren en situación de estancia.”

La norma no permitía optar al sistema de becas y ayudas de estudios a los extranjeros que tenía residencia de estudiante como tampoco aquellos extranjeros que se encontraban de forma irregular en España.

La Asociación Andalucía Acoge presento un Recurso Contencioso Administrativo el día 13 de junio en contra de la anterior resolución, pidiendo la suspensión cautelar del artículo 10, argumentando que la suspensión no causaría perjuicio alguna a la Administración y tampoco implicaría cambios ni demoras en la tramitación y resolución de las becas, mientras que si impedía la posibilidad de adquirir una beca de estudios a los extranjeros extracomunitarios en situación irregular o aquellos que cuentan con un permiso de estancia por estudios.

La aprobación de la Audiencia Nacional se ha hecho publico mediante un auto y habrá que esperar la sentencia en firme para que todos los inmigrantes extracomunitarios que deseen solicitar una beca puedan hacerlo, independientemente de su estado de residencia en España.

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