Inmigrantes en paro en España: Cobro de la prestación de desempleo
Uno de los sectores mas afectados por la actual crisis económica en España es el de la construcción, con un alto porcentaje de trabajadores extranjeros. El ajuste realizado por las empresas ha frenado la demanda de mano de obra, provocando que un gran numero de extranjero se encuentren en paro (siendo 4 de cada 10 nuevos parados).
Ante la situación muchos de los inmigrantes optan por acogerse al Plan de retorno voluntario de inmigrantes propuesto por el gobierno Español, o tramitar la prestación por desempleo en el Servicio Público de Empleo (INEM).
La prestación de desempleo se percibe luego de la perdida involuntaria de un empleo y el importe a percibir será en función a la cotización realizada durante el periodo laboral. Mientras reciba la prestación por desempleo seguirá cotizando en la seguridad social por jubilación y tendrá derecho a asistencia sanitaria gratuita.
El Servicio Publico de Empleo también ofrecen cursos de formación para facilitar la reinserción laboral.
Requisitos para la prestación de desempleo
¿Quienes pueden solicitar la prestación de desempleo?
- Tiene que estar dado de alta en la Seguridad Social en un régimen con contingencia de desempleo.
- Estar en situación legal en España
- Si ha trabajo un año o más: tiene que haber cotizado un mínimo de 6 meses en los seis años anteriores al momento que se quedo sin empleo.
- Si ha trabaja menos de un año: Puede acceder a un subsidio por desempleo, siempre que haya cotizado como mínimo tres meses (si tiene responsabilidades familiares); o seis meses de no ser así.
- No tener al edad que se exige para la pensión de jubilación, a menos que no tenga derecho a percibirla por falta de cotización.
¿Cuál es la documentación que hay que presentar? ¿Dónde se presenta la solicitud y cual es el plazo de presentación?
Conjuntamente debe inscribirse como demandante de empleo y presentar la solicitud en el Servicio Publico de Empleo antes de cumplir los 15 días hábiles desde el momento que perdió el empleo.
Documentación y solicitud:
- Solicitud (se la dan en el servicio Público de Empleo)
- Documentos del solicitante y los hijos a su cargo (DNI y Libro de familia)
- Certificado de la empresa donde trabajo durante los últimos 6 meses
Para los que han trabajado menos de un año, deberán agregar la declaración de la renta del solicitante y los familiares que convivan con él o estén a su cargo, datos de domiciliación bancaria y autorización de petición de información a la AEAT (agencia tributaria)
¿Durante cuánto tiempo recibirá la prestación por desempleo?
Para aquellos que han cotizado de seis meses a menos de un año, recibirán la prestación dentro de un periodo mínimo de tres meses. A partir de ahí por cada tres meses cotizados, se perciben dos más de prestación hasta llegar al tope máximo de dos años.
¿Como se calcula la prestación de desempleo?
Para las prestaciones contributivas, el importe corresponderá al 70 % de la base de cotización del trabajador durante los 6 primeros meses y luego el 60 %.
A partir del 2009 se estableció como mínimo de prestación 492,08 euros y un máximo de 1076,44 euros para aquellos parados sin descendencia. Los parados con al menos un hijo a su cargo percibirá como mínimo 658,16 euros y 1230.22 euros de máximo.
Ninguna prestación de desempleo podrá ser superior a 1.384 euros.
Al importe de la prestación se descontara el importe de cotización a la Seguridad Social y la retención a la cuota de IRPE cuando corresponda.
¿Cuánto tardan en ser efectiva la prestación?
Dependerá de la oficina del Servicio Publico de Empleo, pero como máximo alrededor de 5 días.
El aumento de la tasa de desempleo en España, especialmente de trabajadores extranjeros ha provocado un descenso en la llegada de inmigrantes en busca de oportunidades.