Solicitudes plan de retorno voluntario de inmigrantes en España
Más de 5000 solicitudes para el Plan de Retorno Voluntario
Según La Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí más de 5000 inmigrantes han solicitado el retorno voluntario desde el 2008, cuando se implemento el Retorno Voluntario; una encuesta del Instituto Nacional de Estadísticas revela que para más del 80% de los extranjeros residentes en España, el Plan de Retorno no es una opción mayoritaria, ya que desean permanecer en nuestro país.
El plan de retorno voluntario esta vigente desde finales del 2008 y beneficia a ciudadanos de 10 países iberoamericanos, los principales beneficiarios; más del 90% de las solicitudes provienen de países latinoamericanos, son: en primer lugar Ecuador con 1.750 beneficiarios, Colombia con 770, Argentina con 360, Perú con 334, Brasil con 215, Chile con 166 y Uruguay con 139.
Entre los requisitos, tienen que estar desempleados e inscrito como demandante de empleo en los Servicios Públicos de Empleo correspondiente a la Comunidad donde resida, deberán comprometerse a retornar a su país de origen en el plazo de 30 días naturales a partir de recibir el primer pago y no regresar a España por el plazo de tres años para residir o trabajar por cuenta propia o ajena.
El pago anticipado y acumulado para el retorno será el correspondiente a los días de derecho de la prestación de desempleo que le corresponda o le reste percibir en el momento que se presenta la solicitud para acogerse al Retorno voluntario. El pago se hará en dos plazos. En España se pagara el 40 % del importe reconocido y el resto 60% se abonara en su país de origen transcurridos los 30 días naturales desde la fecha del primer pago en España y dentro de un plazo máximo de 90 días.
El beneficiario deberá personarse en la delegación consular en su país de origen y le será retenida su tarjeta de identidad de extranjero; el pago se hará mediante cheque nominativo o transferencia bancaria en euros.
Por otro lado se prevé complementar el anticipo del pago acumulado con una ayuda para el viaje de retorno a su país de origen. Este incluye: el pago del pasaje de avión desde España a su país, en algunos casos se abonara el importe del alojamiento de una noche antes del viaje, ayuda de 50 euros por cada miembro de la familia y cobertura de gastos imprevistos justificados. Estas ayudas complementarias deberán ser solicitadas, una vez ha sido reconocido como beneficiario del plan de retorno, debiendo llamar al teléfono 902 88 21 20.
Por otro lado según un estudio sobre Inmigración y mercado de trabajo revela que la contratación de extranjeros en origen ha alcanzado mínimos históricos (6.940), comparado con los 178.340 del 2007 y los 136.600 del 2008. Como consecuencia de la crisis económica, la demanda de ocupaciones de baja cobertura ha sido cubierto por el mercado interno.
Según La Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí más de 5000 inmigrantes han solicitado el retorno voluntario desde el 2008, cuando se implemento el Retorno Voluntario; una encuesta del Instituto Nacional de Estadísticas revela que para más del 80% de los extranjeros residentes en España, el Plan de Retorno no es una opción mayoritaria, ya que desean permanecer en nuestro país.
El plan de retorno voluntario esta vigente desde finales del 2008 y beneficia a ciudadanos de 10 países iberoamericanos, los principales beneficiarios; más del 90% de las solicitudes provienen de países latinoamericanos, son: en primer lugar Ecuador con 1.750 beneficiarios, Colombia con 770, Argentina con 360, Perú con 334, Brasil con 215, Chile con 166 y Uruguay con 139.
Entre los requisitos, tienen que estar desempleados e inscrito como demandante de empleo en los Servicios Públicos de Empleo correspondiente a la Comunidad donde resida, deberán comprometerse a retornar a su país de origen en el plazo de 30 días naturales a partir de recibir el primer pago y no regresar a España por el plazo de tres años para residir o trabajar por cuenta propia o ajena.
El pago anticipado y acumulado para el retorno será el correspondiente a los días de derecho de la prestación de desempleo que le corresponda o le reste percibir en el momento que se presenta la solicitud para acogerse al Retorno voluntario. El pago se hará en dos plazos. En España se pagara el 40 % del importe reconocido y el resto 60% se abonara en su país de origen transcurridos los 30 días naturales desde la fecha del primer pago en España y dentro de un plazo máximo de 90 días.
El beneficiario deberá personarse en la delegación consular en su país de origen y le será retenida su tarjeta de identidad de extranjero; el pago se hará mediante cheque nominativo o transferencia bancaria en euros.
Por otro lado se prevé complementar el anticipo del pago acumulado con una ayuda para el viaje de retorno a su país de origen. Este incluye: el pago del pasaje de avión desde España a su país, en algunos casos se abonara el importe del alojamiento de una noche antes del viaje, ayuda de 50 euros por cada miembro de la familia y cobertura de gastos imprevistos justificados. Estas ayudas complementarias deberán ser solicitadas, una vez ha sido reconocido como beneficiario del plan de retorno, debiendo llamar al teléfono 902 88 21 20.
Por otro lado según un estudio sobre Inmigración y mercado de trabajo revela que la contratación de extranjeros en origen ha alcanzado mínimos históricos (6.940), comparado con los 178.340 del 2007 y los 136.600 del 2008. Como consecuencia de la crisis económica, la demanda de ocupaciones de baja cobertura ha sido cubierto por el mercado interno.
1 comentarios:
cuando se acoje a este plan retorno uno pierde su tarjeta de resigencia española que reuisitos tiene que tener uno para poder regresar a españa cuando se cumpla el plazo de 3 años . grasias.
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