lunes 12 de febrero de 2007

Nacionalidad Española para los nietos de Españoles

Ver también:

El Consejo de Ministros en su sesión del día 9 de febrero presento la modificación de varios artículos del código civil, estos cambios permitirán:

  • LOS NIETOS DE ESPAÑOLES NACIDOS EN EL EXTRANJERO, TENDRÁN LA POSIBILIDAD DE ADQUIRIR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA,

  • LOS HIJOS DE ESPAÑOLES QUE SUS PADRES Y ABUELOS EMIGRARON FUERA DE ESPAÑA, TENDRÁN LA POSIBILIDAD DE ADQUIRIR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA.


Estas modificaciones fueron incluidas en el Anteproyecto de Ley de Adopción Internacional.

De acuerdo al Código Civil vigente, para optar a la Nacionalidad Española, el padre o la madre del solicitante tiene que ser originariamente español y haber nacido en territorio español. Hasta ahora los nietos de españoles con padres que no hayan nacido en España no pueden acceder a la nacionalidad españoles (a excepción de algunos países latinoamericanos donde eso es posible si el nieto es menor de edad).

De esta manera se cumple el mandato del Parlamento que recogía la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior

El Ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar preciso a los medios de prensas que es imposible determinar a cuantas personas afectara esta modificación, aunque preciso que la mayoría lo harán en régimen de doble nacionalidad.

Etiquetas:

22 comentarios:

Anonymous Anónimo ha dicho...

Un administrador del blog ha eliminado esta entrada.

12 de marzo de 2007 15:50  
Anonymous Anónimo ha dicho...

suisiera saber cuando esta nueva ley sera oficial para poder preparar los requisitos necesarios y obtener una vez por todas la nacinalidad que tanto hemos esperado.Ruego a todo aquel que esta implicado que me tenga al coriente enviandome un mensage a m.lamarti@voila.fr.
Gracias

22 de junio de 2007 18:21  
Anonymous Anónimo ha dicho...

Estoy muy de acuerdo con todo lo que se plantea y quisiera pertenecer o integrarme a dicho grupo aunque esto tiene fecha del 2006 si esta en vigencia ahun me interesasia, gracias
Un cordial saludo
PD: mi e-mail es yamina.atanes@yahoo.es

12 de marzo de 2008 09:20  
Blogger claudio ha dicho...

hola soy claudio anguita y me interesa esta iniciativa, estero me puedan enviar informacion de como participar y saber un poco mas del tema.
mi correo es claus@universia.cl

2 de agosto de 2008 02:01  
Blogger mara ha dicho...

COMUNICADO ESPECIAL DE OIDE


Las últimas versiones de la prensa sobre la ley 52/2007 (Ley de Memoria Histórica) sugieren que la reglamentación se está redactando de tal forma que conllevaría restricciones significativas en el acceso a la Nacionalidad Española de miles de descendientes de españoles.

OIDE quiere, por tanto, expresar públicamente su rechazo contundente a cualquier tipo de maniobra limitativa o destinada a no reconocer los derechos de nuestro colectivo. Como Asociación que defiende a todos los descendientes de españoles, estamos en contra de todo tipo de discriminación.

Desde febrero/2008 estamos realizando una serie de reuniones con distintos órganos gubernamentales en las áreas de Emigración y de Inmigración, para conocer la verdad sobre estas informaciones, insistiendo que se nos permita ser parte de la redacción del Reglamento de esta Ley, y aclarando que nuestra propuesta y solución definitiva para nuestro colectivo fue, es y será siempre una LEY DE NACIONALIDAD amplia y abarcadora, que evitaría este panorama de permanente indefinición.

Estas reuniones continúan con las próximas pactadas:

1. Con la Dirección General de Registros y Notariado, en septiembre próximo, para la cual hemos propuesto el siguiente temario tentativo:

a) ¿En qué estado concreto se encuentra la reglamentación de la ley 52/2007?
(En el caso de haberse avanzado en su redacción, solicitamos un adelanto de la amplitud o restricciones que pudiera haber con respecto a la obtención de la nacionalidad española por parte de los descendientes de españoles.)
b) Uniformidad de criterios en la demostración del vínculo o parentesco en los casos de tramitación de nacionalidad y de arraigo familiar.
c) ¿En qué estado se encuentra el informe solicitado por la Dirección General de Inmigración a la DGRN sobre el tema susodicho?
(La DGI está pendiente de tal informe par que pueda emitir un instructivo a todas las Oficinas de Extranjería de España determinando idénticos procedimientos y unificando modalidades en los trámites que realizan los descendientes de españoles, en especial, el llamado “arraigo familiar”. Esto sería para conocimiento de todos los funcionarios y empleados a cargo de las oficinas.)

2. Con la Secretaria de Estado de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores (pendiente de respuesta).


Además, queremos proponerle a los integrantes de nuestro colectivo que se mantengan alertas y en estado de movilización para que nos organicemos de un modo más efectivo y reclamemos al Gobierno español actual y a los representantes de los partidos políticos un RECONOCIMIENTO DEFINITIVO de nuestra condición de españoles.


Tu ayuda es imprescindible. Únete a OIDE!

Junta Directiva OIDE
Bienio 2008-2009

20 de agosto de 2008 07:54  
Anonymous Anónimo ha dicho...

hola me llamo maria y me gustaria saber mas de la ciudadania a los nietos de espanoles .Mis abuelos eran espanoles y me gustaria saber como conseguir la partida de nacimiento de ellos porque no se si tengo algun pariente en espana

30 de septiembre de 2008 18:28  
Blogger Euroresidentes ha dicho...

Hola María: En cuanto a tu consulta sobre como solicitar el certificado de nacimiento de tu abuelo estando fuera de España, adjunto un post donde se te explica los pasos que debes seguir para solicitar la misma por correo Cómo solicitar partidas de nacimiento de familiares españoles por correo


Esperamos sea de ayuda y puedas solicitar tu nacionalidad. Saludos.

2 de octubre de 2008 08:28  
Anonymous Anónimo ha dicho...

mi mama desea optar por la cuidadania espanola y su abuelo era cuidadano pero su padre no y ya murio. ella tendria derecho?

16 de octubre de 2008 02:46  
Blogger Euroresidentes ha dicho...

En el caso de tu madre, podra optar a la nacionalidad española según la Ley de MEMORIA HISTORICA, siempre que su abuelo sea un exiliado a consecuencia de la Guerra Civil o la Dictadura.

17 de octubre de 2008 09:52  
Anonymous Anónimo ha dicho...

Un administrador del blog ha eliminado esta entrada.

17 de octubre de 2008 09:56  
Anonymous Anónimo ha dicho...

Propuesta Publica para los descendientes de españoles

Desde nuestra condición de descendientes de españoles proponemos la creación de una organización que nos represente en todo el mundo y especialmente ante las instituciones españolas. En ese sentido nos hemos arriesgado a dar un paso, inscribiendo una asociación de carácter internacional. Por tanto estamos solicitando a todos aquellos descendientes de españoles individualmente o como organizaciones a que participen y nos ayuden a concluir esta tarea.
Esto no implica que las agrupaciones existentes pierdan su independencia y que no continúen con lo que tienen ya planteado. Pero sí proponemos realizar un esfuerzo colectivo de todos los descendientes, (vivan donde vivan o participen en las agrupaciones que participen o que tengan opiniones encontradas sobre tal o cual punto de nuestra problemática) que culmine con la conformación de una organización, estructura o institución que tiene que ser de todos los descendientes, por lo tanto, amplia; afincarse en cada país de la emigración, por lo tanto internacional; y lograr estructuras organizativas que permitan a todos participar, por lo tanto, efectiva.
Sabemos desde ya lo difícil que ha sido y que es todavía poder lograr cualquiera de nuestros objetivos colectivos, incluido el de tener una institución que nos identifique. Cada comunidad española (andaluces, vascos, gallegos, asturianos, catalanes, etc.), tiene fuera de España sus asociaciones. Los emigrantes, los retornados, los exiliados, etc., tienen sus asociaciones; nosotros, los hijos, nietos, bisnietos y descendientes, en definitiva, no tenemos todavía un cuerpo que nos represente.


Para esto proponemos los siguientes puntos a trabajar en común, sin perjuicio de que la presente propuesta se pueda mejorar y ampliar con la continuación del debate.

1) Trabajar para conformar en cada país y en cada región de España un grupo promotor de representación. Provisionalmente, en España existe un preacuerdo para utilizar las sedes de las Asociaciones de Emigrantes Retornados, y proponemos en el resto de los países también crear acuerdos para poder hacer lo mismo con las instituciones representativas de la emigración.

2) Abrir un foro publico de debate y propuestas para apoyar la conformación de esta institución. Por lo tanto creemos que hace falta montar un lugar común de comunicación. En principio y provisionalmente, hasta que se organicen las estructuras en cada lugar, proponemos un foro virtual administrado por todos y cada uno de los que se vayan integrando.

3) Conformar Asambleas Constitutivas de cada lugar y Asambleas de Representación para conformar una Comisión Colegiada Unificada. Se propone como fecha de inicio de estas Asambleas Constitutivas el mes de enero de 2007

4) Estudiar en forma colectiva, si es que son necesarias para mejorarlo, las modificaciones que puedan proponerse al estatuto (adjunto a la presente propuesta) que sirvió para inscribir la asociación en el Registro Nacional de Asociaciones con el nombre de Organización Internacional de Descendientes de Españoles (OIDE), con el Nº 7284 del 12/6/2006 como asociación internacional con sede en España, y realizado el pago de su correspondiente tasa de inscripción el día 18/9/2006.NIFG64469026, codigo electronico BBBA2B6175DC4DA1

Además si tenemos en cuenta que la problemática como descendientes está referida a la Nacionalidad, a los problemas de Trabajo y a toda la temática de los Trámites es que proponemos

5) Armar Tres Areas de Base para sustentar programas a largo plazo:

a) Comisión de Nacionalidad
Montar una comisión que parta de los estudios y proyectos existentes, que recoja lo hecho desde 2002 en adelante y que trabaje para una nueva ley. Independientemente de cualquier modificacion al Codigo Civil que pueda beneficiarnos, el desafío es generar un movimiento pro ley de nacionalidad. Esto, por supuesto, lo ampliaremos e informaremos lo que estamos haciendo en relación a este tema.

b) Comisión de Trabajo.
Crear un mecanismo que supere al visado en sí, tal cual estaba propuesto (y que no se ha cumplido) que vincule al empleador con el descendiente, proyecto en el que ya estamos trabajando, vinculando la necesidad de miles de descendientes de trabajar en España con la necesidad de los empleadores y del mercado laboral, creando una red de contratación en origen.

c) Comisión de Trámites
Unificar los reclamos en cada uno de los ministerios implicados, crear una comision en comun. Existe un preacuerdo para trabajar en la red de locales de las asociaciones de emigrantes retornados, tanto en asesoramiento como en divulgación. Esto también, por supuesto, lo ampliaremos.

6) Establecer las siguientes Estructuras de Trabajo, que dependerían de la comisión directiva, para hacer funcionar esta organización,

a) Secretaría

b) Tesorería

c) Difusión

d) Y las que se propongan y se consideren necesarias.

Dado que el grupo promotor está trabajando en el armado de esta organización desde junio de 2006, se ha avanzado en alguna de estas áreas, estructuras y/o comisiones, y en otras se encuentra en estado embrionario. Haremos en los próximos días un informe de todo el trabajo realizado hasta la fecha.

Promotores: Manuel Terradas

17 de octubre de 2008 09:58  
Anonymous Anónimo ha dicho...

En caso de ser profesional, ¿el hecho de adquirir la nacionalidad significa que automaticamente se reconcoerian legalmente en españa sus titulo y estudis de postgrado?

19 de octubre de 2008 23:19  
Blogger Euroresidentes ha dicho...

La adquisición de la nacionalidad española es independiente de sus estudios, le permitirá vivir como español en territorio Español, tener las mismos derechos y obligaciones que los españoles y en caso de ser profesional y poseer un título de estudios extranjero , le permitirá homologar el mismo.

El Ministerio del Interior posee una página web Convalidación y Homologación de Títulos Extranjeros donde encontrara todo la información concerniente a la misma.

Vera que cuenta con la información según cada caso de homologación, requisitos generales, los organismos competentes, los convenios internacionales, los centros de información , los distintos títulos, modelos de solicitud, las tasas a abonar, cuales son los títulos susceptibles de homologar, la solicitud, los documentos que se deben presentar, etc.

20 de octubre de 2008 08:09  
Blogger Euroresidentes ha dicho...

Ante la imposibilidad de atender a todas las preguntas y situaciones complejas que nuestros usuarios nos plantean en este foro, les remitimos al servicio de consultas por Internet que hace tiempo pusimos en marcha en colaboración con un gabinete de expertos profesionales en el tema. También pueden consultar la información publicada en nuestra sección de Inmigración en España o participar en el Foro de Inmigrantes

4 de noviembre de 2008 11:03  
Blogger Marta ha dicho...

Considero que es discriminatoria la medida de aceptar sólo la solicitud de ciudadanía a los nietos de españoles emigrados cuando la guerra. Acaso los nietos de aquellos que emigraron antes, por problemas económicos, que ayudaron a sus familias con su trabajo en el exterior, no tienen iguales derechos? Dónde de radica la diferencia?

6 de noviembre de 2008 18:13  
Anonymous Anónimo ha dicho...

Soy nieta de españoles por parte de mi padre y de mi madre,aunque ellos(mis padres)ya han fallecido,puedo yo nacionalizarme igualmente?

29 de noviembre de 2008 13:44  
Anonymous Mirta Ester ha dicho...

SOY NIETA DE ESPAÑOLES ,VENIDOS A LA ARGENTINA SIENDO SOLTEROS.TENGO CONSTANCIA DE DATOS DE IDENTIDAD DE MI ABUELA EN SU CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL NACIO: 13/ABRIL/1898 CANTORIA , provincia de ALMERIA -ESPAÑA-
MI ABUELO NACIO :
17/JULIO/1892 PUEBLO CAPITAL ,provincia de SALAMANCA -ESPAÑA-

YO VIVO EN CORDOBA-ARGENTINA ,SOY ARGENTINA Y MIS HIJOS TAMBIEN, DESEO SI ME PUEDEN INFORMAR QUE TRAMITES SE DEBE REALIZAR ,DONDE Y COMO PARA QUE MIS HIJOS PUEDAN OBTENER LA CUIDADANIA ESPAÑOLA O BIEN SI TIENEN ALGUN DERECHO A OBTENERLA COMO BISNIETOS DIRECTOS DE ESPAÑOLES.

AGRADECERIA CUALQUIER TIPO DE INFORMACION O BIEN QUE ME INDIQUE QUIEN ACLARAR ESTOS TEMAS Y LOS PASOS A SEGUIR .DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION Y ESTOY A LA ESPERA DE VUESTRA RESPUESTA, ...........MIRTA ESTER

2 de enero de 2009 17:41  
Blogger maria delasmercedesmelgosa ruiz ha dicho...

hola soy hija de padre vasco y tenga nacionalidad Española quisiera saber si mis hijos pueden gozar de lanacionalidad 2 de ellos maoyores deedad y la niña aun menor

7 de enero de 2009 19:53  
Anonymous Anónimo ha dicho...

HOLA SOY RAE ME INTERESA SABER UN POCO MAS SOBRE EL TEMA POR K MI PADRE ES NIETO DE UN DESCENDENTE ESPAÑOL QUIEN MURIO (SU ABUELO) HACE MUCHOS AÑO KISIERA SABER SI MI PADRE TIENE DERECHO A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA MI CORREO ELECTRONICO ES rae2427@hotmail.com gracias

28 de enero de 2009 18:33  
Anonymous Anónimo ha dicho...

HOLA SOY NIETA DE ESPAÑOL ,MI MADRE Y MI HERMANO MENOR YA TIENEN SU CIUDADANIA PERO YO NO . ESTOY RESIDIENDO EN ESPAÑA Y ME DICEN QUE ME DEBO VOLVERA MI PAIS QUE AQUI NO PUEDO HACER NADA HAY ALGUNA MANERA DE QUE DESDE AQUI PUEDA SOLICITARLO NO VEO LA DIFERENCIA SI ME CORRESPONDE AGRDEZCO AYUDA GRACIAS

11 de febrero de 2009 13:51  
Blogger edna ha dicho...

Soy nieta de un español, mi abuelo es Buenaventura Rios Urrutia, sabemos que nacio en Asturias. Sin embargo no encuentro documento de su procedencia y en la partida de nacimiento mi padre (22 de enero de 1989), no se registra el origen de mis abuelos. Que puedo hacer para obtener dicha constancia.

22 de septiembre de 2009 02:29  
Blogger edna ha dicho...

Soy nieta de un español, mi abuelo es Buenaventura Rios Urrutia, sabemos que nacio en Asturias. Sin embargo no encuentro documento de su procedencia y en la partida de nacimiento mi padre (22 de enero de 1989), no se registra el origen de mis abuelos. Que puedo hacer para obtener dicha constancia.

22 de septiembre de 2009 02:30  

Publicar un comentario en la entrada

<< Página principal