Manipulación y delito
Con una absoluta simplificación de las teorías se puede decir que el derecho penal siempre va algunos pasos atrás de la realidad. Es así porque ésta es la que va mostrando comportamientos que por su repetición, por su gravedad o por su incidencia social merecen ser tipificados como delitos.
También puede ser el caso, supongo, cuando esos comportamientos por su evolución en gravedad van afectando otros valores sociales hasta deformarlos o alterarlos en sus esencias.
Tal vez sea esta última característica el encuadre más ajustado para fundamentar el propósito de llevar a la categoría de delito este fenómeno de actividad político-social que se ha dado en llamar “clientelismo” a través del “punterismo” y que en definitiva no es otra cosa que el perverso y miserable accionar que mediante dádivas o promesas manipula a los pobres y a los necesitados. En la mayor parte de los casos promovido y hasta organizado desde y por ocupantes del poder.
El encuadre surge de los efectos negativos que tales actividades tienen para con la democracia, el sistema republicano, la libertad de pensamiento y de expresión, la cultura ciudadana en general y, especialmente, la dignidad de las personas.
Estas crecidas realidades vienen de antiguas semillas. Santo Tomás ya decía que “quien maneja las necesidades maneja la libertad”.
Ante ese sentimiento algo hay que hacer. Por mi parte la propuesta de llevar estas actitudes a la categoría de delitos es un modesto aporte que si tuviera razonabilidad necesitaría de apoyos y adhesiones para que se convierta en una realidad legal.
“Artículo…Será reprimido con pena de………el que mediante la entrega o promesa de sumas de dinero o de alimentos o bienes de cualquier orden, la concesión o promesa de beneficios sociales, la facilitación o promesa de empleos o trabajos, la promesa o la gestión de beneficios indebidos de cualquier índole o aprovechándose del estado de necesidad o pobreza condicionare la voluntad de otros o les obligare a mantener o a exteriorizar determinadas adhesiones políticas o a la concurrencia a actos, celebraciones o manifestaciones en favor de alguna línea política, de algún hecho de esa naturaleza, de candidatos o de aspirantes a serlo.
Si lo descrito en el párrafo anterior fuera perpetrado por un funcionario o empleado público o por quien mantuviera vínculo laboral o contractual con la administración nacional, provincial o municipal o con empresas u organismos públicos de cualquier naturaleza las penas se duplicarán.
Además tendrán como accesoria la inhabilitación perpetua para ocupar cargos en cualquiera de esas administraciones.
Esta última pena y su accesoria serán también aplicables cuando se tratare de funcionarios públicos que teniendo en forma directa o indirecta la administración de beneficios sociales utilizaran intermediarios cuya conducta encuadrara en las descritas en el primer párrafo del presente artículo.”
Para comprender el sentido central de esta propuesta seguramente ayudan algunas reflexiones que invito a hacer:
- Puede haber perversidad mayor que aprovecharse burlonamente de la mano tendida en estado de necesidad?.
- Puede haber actitud tan miserable como la de presionar a la pobreza para ser aclamado o vileza tan enorme como la de promoverse políticamente pisando sobre la cabeza gacha de los pobres?.
Si coincidimos creo que se nos impone el deber de hacer algo para cambiar.
Luis Antonio Barry
luisantoniobarry@fibertel.com.ar
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Etiquetas: opiniones criticas
1 Comments:
Sin duda una gran propuesta para nuestra nación. Enhorabuena por el Blog.
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